Exención de contribución en energía y gas para áreas comunes residenciales

Esta solicitud, que se presenta una sola vez, permite que las copropiedades residenciales sean exoneradas del cobro de la contribución en los servicios públicos domiciliarios de energía y gas. Según lo establecido por la Ley 675 de 2001 y conceptos del Ministerio de Minas y Energía, esta posibilidad aplica únicamente para el sector residencial y no para zonas comunes comerciales ni industriales.

EPM realiza una revisión en terreno para verificar que el servicio solicitado surta únicamente las zonas comunes y que no se realicen actividades industriales o comerciales, a menos que sean ejecutadas directamente por la copropiedad y los ingresos se destinen exclusivamente a las expensas comunes.

Conoce el paso a paso para realizar el trámite