Decreto 572 de 2025 y su impacto en el sector inmobiliario: lo que debe saber

El pasado 28 de mayo, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 572 de 2025, mediante el cual se modifican las tarifas de autorretención en la fuente aplicables a diversas actividades económicas, incluyendo algunas del sector inmobiliario. Esta medida entró en vigencia el 1 de junio de 2025.

La decisión del Ministerio de Hacienda responde, en parte, a la necesidad urgente del Gobierno de recaudar impuestos de forma anticipada y mejorar el flujo de caja nacional. Esto, trae consigo implicaciones para las actividades del sector inmobiliario

De acuerdo con Maria Alejandra Pérez, directora de La Lonja, el Gremio Inmobiliario, la modificación impacta directamente a quienes desarrollan actividades bajo el Código CIIU 6820, entre ellas: corretaje de bienes raíces, administración de inmuebles, avalúos y consultorías inmobiliarias, gestión de arriendos y otras actividades conexas.

Anteriormente, los agentes del sector aplicaban una autorretención del 1,1% sobre los ingresos facturados. Con la entrada en vigor del decreto, esta tarifa se eleva al 3,5% por cada factura emitida. En términos prácticos, esto representa más del triple de lo que se venía pagando y afecta de forma directa el flujo de caja mensual de los negocios inmobiliarios.

Otro cambio significativo tiene que ver con las operaciones de compraventa de vivienda. Antes, si un inmueble se vendía por un valor inferior a 20.000 UVT (alrededor de 995 millones de pesos), se aplicaba una retención del 1%. Ahora, ese umbral se reduce a 10.000 UVT (497 millones):

Se aplica una retención del 1% sobre los primeros 497 millones, pero sube a 2,5% sobre todo lo que excede ese monto.

Ejemplo:

Si vendes un inmueble por 1.000 millones, antes pagabas 10 millones en retención. Ahora pagarás 17,53 millones, lo que representa un aumento del 75%.

Recomendaciones:

  • Verifica tu RUT, asegurándote de tener el código CIIU actualizado.
  • Ajusta tus procesos de facturación con la nueva tarifa del 3,5%.
  • Revisa tus contratos: asegúrate de que las cláusulas tributarias estén actualizadas.
  • Planea financieramente con tu contador o asesor tributario para anticiparte al impacto mensual.